La Audiencia Provincial condena a Banco Popular por la venta de acciones en la ampliación de capital de 2016.
La AP de Barcelona confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº27 de Barcelona, al entender que la información que Banco Popular facilitó al cliente no respondía a la verdadera situación real y financiera por la que atravesaba realmente la entidad. En dicha información se presentaba a la entidad como una entidad de carácter solvente, cuando en realidad, no era tal dicha solvencia.
A la hora de contratar, y en palabras de la Audiencia de la Ciudad Condal, es «imprescindible» que el inversor cuente con toda la información de forma correcta en aras de así poder prestar su consentimiento.
Esta sentencia es una muy buena noticia para otros inversores que se han perdido sus ahorros atendiendo a esta mala práctica.
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