¿Has comprado un vehículo DAF, Daimler/Mercedes, Iveco, MAN, Volvo/Renault o Scania en las últimas dos décadas? Pues este artículo te puede interesar y hoy puede ser tu día de “suerte´´.
La Unión Europea ha impuesto una multa a un cártel europeo de fabricantes de camiones que es la más elevada de la historia, habiéndose publicado la resolución con las cuantías de las multas por la Comisión Europea en abril de 2017. Las autoridades de competencia iniciaron sus investigaciones en 2014 y la sanción impuesta ha sido de casi 3.000 millones de €uros.
La actuación de las seis compañías consiste en que se coordinaron a la hora de establecer los precios de los vehículos industriales entre 1997 y 2011, y haber pactado los tiempos a la hora de introducir en el mercado nuevas tecnologías para mejorar las emisiones.
Por tal actitud negligente, se ha puesto a disposición de todos los transportistas afectados, la posibilidad de reclamar todos los perjuicios económicos ocasionados por esta actuación fraudulenta de los fabricantes de vehículos industriales,
¿Quién puede acogerse al procedimiento de reclamación?
Cualquier autónomo empresario o sociedad, ya sean de transporte público o privado complementario, que hubieran adquirido entre los años 1997 y 2011 algún vehículo de transporte de mercancías de más de 6 toneladas de MMA de primera mano (ya sea camión rígido o cabeza tractora) de alguna de las siguientes marcas: DAF, Daimler-Mercedes Benz, Iveco, Man, Scania y Volvo-Renault.
En principio, podrán reclamarse los vehículos de transporte que se hayan adquirido en propiedad o en arrendamiento financiero (leasing), no pudiendo reclamarse vehículos adquiridos en renting.
¿Qué documentación es necesaria para poder presentar la reclamación?
- Factura de adquisición en caso de compra o póliza con la entidad financiera en caso de arrendamiento financiero (leasing), de cada vehículo objeto de reclamación.
- Permiso de circulación de cada vehículo objeto de reclamación.
- Autorización de transporte de empresa del reclamante (MDLE si es ligero, MDPE si es pesado o MPC si es privado complementario).
Si queréis conocer más, solo tenéis que poneros en contacto con este despacho profesional, que os asesorará sobre la reclamación que cuanto ni menos ya os adelantamos, que será una cantidad jugosa…