Cómo actuar legalmente ante un accidente de tráfico con un informe contradictorio al emitido por la compañía aseguradora

¿Has sufrido un accidente de tráfico y precisas de un informe contradictorio al emitido por la compañía aseguradora y responsable de asumir los costes derivados por los daños?

¿La compañía responsable del siniestro te abruma a llamada para que aceptes su ridícula oferta motivada de indemnización?

¿Consideras que existe algún tipo de negligencia médicas en tu diagnóstico o mala praxis médica tras una intervención?

 

Si has llegado hasta aquí, dentro de tu desafortunado desenlace, ‘estás de suerte’. En nuestro despacho, contamos con una dilatada experiencia en el sector y con médicos especialistas en valoración del daño corporal, cuya pericial, despejará todas sus dudas.

No solo encontrarás ayuda profesional en la elaboración de estos informes que determinarán al céntimo la cuantía a indemnizar, sino que encontrarás la seguridad y cercanía para dar el paso y reclamar lo que te corresponde por derecho. Son muchos los clientes que nos llegan que son un auténtico mar de dudas.

Las aseguradoras, de forma absolutamente malintencionada y torticera, emplean la negativa por respuesta, y por tanto, solo aquellos valientes que dan el paso al frente y se animan a demandar, son los que realmente reciben la contraprestación económica que en derecho les corresponde.

Cada asunto, pese a parecer todos iguales, presenta unas circunstancias y condiciones distintas que han de ser estudiadas caso por caso, con detenimiento y con un profundo análisis que emita un diagnóstico lo más determinado y certero posible. En muchos casos no resulta necesario ni presentar una demanda en el Juzgado competente. Lo que hacemos previamente, es intentar gestionar un acuerdo con la compañía aseguradora encargada del pago de la responsabilidad civil derivada del accidente, de cualquier índole.

La gran mayoría de veces, y tras presentar un informe contradictorio al aportado por la aseguradora, acceden a negociar una mejora en la oferta motivada de indemnización, que dicho sea de paso, siempre, debe cobrar el damnificado previa aportación de un certificado de titularidad de su cuenta bancaria que él mismo designe.

Si por la circunstancia que sea, resultase imposible un acercamiento, no queda otra que plantear la demanda ante el juzgado competente, quién determine la suma económica que debe percibir el damnificado, y en la que se engloban todas las partidas económicas que pueden tener cabida, tras el detallado y minucioso estudio del asunto en concreto.

Para ello, desde Igea Cebrián Abogados, estudiamos tu caso y te asesoramos sin coste alguno. Solo cobramos si tú cobras y además te aseguramos, la mayor de las indemnizaciones posibles.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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