La verdad es que sin ánimo de menospreciar el trabajo de nadie, si en cualquier buscador de los que usamos regularmente introducimos la palabra ´´divorcio´´, lo primero que llama la atención es la cantidad ingente de anuncios de despachos de abogados, que pese a la delicadeza del procedimiento en sí, realizan ofertas como si de un catálogo de productos de cualquier establecimiento se tratara.

Pero ojo, que como todo en esta vida, la gran mayoría de veces se esconde letra pequeña de la que no es informado el cliente o consumidor de servicios final, surgiendo el descontento y debiendo acudir finalmente a otro abogado que asesore en su procedimiento de divorcio. Dejando a un lado esta contemporánea forma de atraer clientes impulsados por una oferta atractiva (económicamente hablando), a lo largo de este artículo, pretendemos dar una serie de pautas para todos aquellos que se encuentren sumidos en un procedimiento de divorcio, o aquellos que tienen pensado hacerlo.

El procedimiento de divorcio está regulado en los artículos 769 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil y señala dos variantes, la del divorcio contencioso y la del divorcio de mutuo acuerdo o por uno de los cónyuges con consentimiento del otro.
Aunque ni el procedimiento, ni la duración, ni el precio (entre otros extremos), son comunes a ninguno de ellos, los siguientes son los principales hitos de cada uno de ellos:

En el divorcio de mutuo acuerdo:
1. Ambos cónyuges acuden al mismo abogado y firman un convenio regulador donde se exponen los acuerdos alcanzados por los esposos respecto a las cuestiones esenciales de su disolución (custodia de los hijos, atribución del uso del domicilio familiar, pago de pensiones de alimentos y/o compensatorias, calendario de visitas, etc)
2. Con el mismo abogado y procurador se redacta una demanda de divorcio amistoso, a la cual se anexa el convenio regulador y los certificados de matrimonio y nacimiento de los hijos (en caso de haberlos).
3. Admitida a trámite la demanda, el juzgado llama a los esposos para que ante un funcionario de la Administración de Justicia den poderes al procurador y se ratifiquen en el convenio presentado.
4. Si hay hijos menores, se da traslado del expediente al ministerio fiscal para que examine si alguna cláusula del convenio regulador puede ser perjudicial para los niños.
5. Se dicta finalmente sentencia, que se entrega al procurador y testimonio de la misma a ambos cónyuges.

En cambio, el divorcio contencioso (mucho más extenso temporalmente y caro económicamente), suele seguir el siguiente orden:

1. Uno de los cónyuges acude a un abogado, el cual tras estudiar el asunto, solicitará la documentación de la que intente valerse a la hora de plantear la demanda.
2. Apoyado en los documentos aportados y en las pretensiones del cliente, el abogado redacta una demanda con una serie de pedimentos.
3. Una vez admitida a trámite, el cliente ha de acudir al juzgado para conferir poder de representación al procurador.
4. Acto seguido, al otro cónyuge se le remitirá copia de la demanda y se le dará un plazo de veinte días para que conteste a la misma con su propio abogado y procurador.
5. Contestada la demanda, se fijará fecha para juicio (dependiendo del Juzgado, puede ser superior al año).
6. Celebrado el juicio, se dicta finalmente sentencia de primera instancia, que puede ser apelada.

Como bien veis, el divorcio de mutuo acuerdo es mucho más ágil y rápido que el contencioso, y suelen rozar los siguientes plazos:

• Divorcios de mutuo acuerdo: Suelen oscilar entre un mes y medio y tres meses, dependiendo si hay hijos menores o no.
• Divorcios contenciosos: Entre seis y diez meses, hasta sentencia de primera instancia (dependiendo de la carga del Juzgado).

Por otro lado, que no menos importante, la diferencia también radica en el precio, principalmente porque en el divorcio de mutuo acuerdo, un abogado y un procurador será suficiente para representar a ambos; sin embargo, en un divorcio de mutuo acuerdo, cada una de las partes contará con el suyo propio, y por ende, en lugar de pagar a dos profesionales, se deberá pagar a cuatro.

En nuestro despacho, por ejemplo, el último de los divorcios de mutuo acuerdo que gestionamos, tuvo un precio cerrado de 450 euros (más IVA), incluyendo procurador, mientras que el de un divorcio contencioso, dependiendo de los hijos y demás medidas, puede ascender a una media de 1.200 euros más procurador y el correspondiente IVA de ambos profesionales.

Expuesto cuanto antecede, es más que evidente que optar por un divorcio de mutuo acuerdo, tiene muchos más beneficios, que redundan en muy variados ámbitos.

La recomendación profesional que os hacemos desde Igea & Cebrián abogados, es que ambos cónyuges aparquen las diferencias que existan entre ambos (aunque muchas veces resulta muy complicado), dialoguen, y entre ambos, asesorados por un gran profesional, alcancen un acuerdo que sea satisfactorio para todas las partes, incluyendo las premisas de agilidad y celeridad en el procedimiento, abaratar costes, y miren por el bien común, sobre todo en aquellos casos en los que medien hijos de por medio.

Al fin y al cabo, ya lo dice el refranero: « más vale un mal acuerdo que un buen pleito´´.

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