El pasado 1 de febrero de 2019 se publicó en el Diario Oficial de CLM la Orden 11/2019, de 29 de enero, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establece la solicitud única de las ayudas de la Política Agrícola Común en Castilla-La Mancha para el año 2019, su forma y plazo de presentación.

A continuación os resumimos lo más importante de dicha orden y como solicitar la ayuda

Solicitud única: 

1. Las establecidas en el artículo 1 de la Orden de 29 de enero de 2019, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se convocan las ayudas al régimen de pago básico, sus pagos relacionados, otras ayudas directas a los agricultores y a los ganaderos.

2. Las anuales de pago para la renovación de los compromisos de los de los beneficiarios de ayudas en materia de medidas agroambientales en el marco de los Programas de Desarrollo Rural 2000-2006 en Castilla-La Mancha.

3. Las anuales de pago para la renovación de los compromisos de los beneficiarios de ayudas de mantenimiento ecológica del año de incorporación 2015, 2016 y 2017.

4. Las anuales de pago para la renovación de los compromisos de los beneficiarios de  ayudas conversión a la agricultura ecológica del año de incorporación 2016.

5. Las anuales de pago para la renovación de los compromisos de los beneficiarios de ayudas de fomento pastoreo del año de incorporación 2015, 2017 y 2018.

6. Las anuales de pago para la renovación de los compromisos de los beneficiarios de ayudas de apicultura para mejora de la biodiversidad del año de incorporación 2015.

7. Las anuales de pago para la renovación de los compromisos de los beneficiarios de ayudas de razas autóctonas en peligro de extinción del año de incorporación 2015 y 2018.

8. Las anuales de pago a las ayudas para la protección del suelo frente a la erosión con cultivos herbáceos de secano y las anuales de pago para el cultivo de plantas aromáticas para mejora de la biodiversidad del año de incorporación 2017.

9. Las anuales de pago para la renovación de compromisos de los beneficiarios de las ayudas para el bienestar animal prevista en la medida 14 del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014-2020 del año de incorporación 2018.

10. Las anuales de pago para la renovación de los compromisos de los beneficiarios de las ayudas incluidas en la submedida 15.1 de pago para los compromisos silvoambientales y climáticos en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020 del año incorporación 2018.

11. Las anuales de pago de los beneficiarios de la Orden de 15 de mayo de 2008, de la Consejería de Medio ambiente y Desarrollo rural, por la que se regulan las ayudas para fomentar la primera forestación de tierras agrícolas.

12. Las anuales de pago para la renovación de los compromisos de los beneficiarios para la concesión directa de subvenciones para la submedida 12.1 de pagos compensatorios por zonas agrícolas de la Red natura 2000 en el marco del programa de Desarrollo Rural del año de incorporación 2018.

Forma y lugares presentación solicitud única.

a) A través de las entidades colaboradoras reconocidas por la Dirección General de Agricultura y Ganadería.

b) Con certificado de firma electrónica, a través del programa informático facilitado por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural  –> http://pac.castillalamancha.es/

Documentación:

1) Fotocopia del NIF de la persona solicitante o del representante sólo en el caso de que se deniegue de forma expresa a la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en la propia solicitud la verificación de la identidad.
2) Documentación que acredite la representación. (Véase en la Orden todas las posibles especialidades)
3) En el caso que no se proceda a la autorización a la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en la propia solicitud para la validación de la cuenta con la entidad financiera se requerirá la certificación bancaria, de la que se deduzca que la cuenta bancaria reseñada en la solicitud para la domiciliación de los pagos, es titular de
la misma y corresponde al beneficiario.

Plazo de presentación.

Se inicia el 1 de febrero y finalizará el día 30 de abril del mencionado año, ambos inclusive.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, se admitirán solicitudes de ayuda hasta 25 días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo establecido, en cuyo caso y a excepción de los casos de fuerza mayor y circunstancias excepcionales, los importes se reducirán un 1 por ciento por cada día hábil en que se sobrepase dicha fecha. La reducción mencionada en este párrafo también será aplicable respecto a la presentación de contratos o declaraciones y otros documentos o justificantes que sean elementos constitutivos de la admisibilidad de la ayuda de que se trate, según lo previsto en la normativa comunitaria. En el caso de asignación de nuevos derechos, incluido cuando proceda un incremento del valor de esos derechos, esa reducción será de un 3 por ciento por cada día hábil en que se sobrepase dicha fecha para ese régimen de ayudas. Si el retraso es superior a 25 días naturales, la solicitud se considerará inadmisible.

Una vez finalizado el plazo para la presentación de la solicitud única, los agricultores podrán, hasta el día 31 de mayo, modificar o incluir nuevos regímenes de pagos directos o medidas de desarrollo rural, añadir parcelas individuales o derechos de pago individuales siempre que se cumplan los requisitos fijados en el régimen de ayuda de que se trate.

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rakshabandhansale (2)

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